Primero, una aclaración: no se pedía un ordenador, se pedía un bono
En el Kit Digital nadie presentaba una solicitud para «un ordenador». Lo que se pedía en la sede electrónica de Red.es era la ayuda, el llamado bono digital, en la convocatoria que correspondía según el tamaño o la forma jurídica de la empresa. Solo después de obtenerla, el beneficiario decidía en qué categorías del catálogo la empleaba. Una de ellas era la XVII, «Puesto de trabajo seguro», que incluía un portátil o un ordenador de sobremesa.
Esa categoría la creó la Orden TDF/435/2024, publicada en el BOE el 11 de mayo de 2024. Solo se podía contratar en las convocatorias dirigidas al Segmento III, el de 0 a menos de 3 empleados, con una ayuda de 1.000 € para un máximo de un dispositivo y 12 meses de prestación del servicio. La convocatoria del Segmento III se adaptó a esa orden por una resolución de 10 de junio de 2024, y la de comunidades de bienes y entidades asimiladas también recogió la categoría para su Segmento III.
Esas dos convocatorias cerraron el 31 de octubre de 2025 y no hay ninguna abierta ni anunciada oficialmente. Si algún día se publica una nueva, fijará sus propias reglas, y nada garantiza que vuelva a incluir un equipo informático.
Fuente: Orden TDF/435/2024 (BOE) y documento informativo de Red.es sobre el Puesto de Trabajo Seguro
Paso 1: la solicitud y la concesión
La solicitud se presentaba en la sede de Red.es, firmada con certificado electrónico por el solicitante o por su representante. Antes había que tener evaluado el nivel de madurez digital con el test de Acelera pyme y cumplir los requisitos generales del programa, como la antigüedad mínima de 6 meses en el censo o estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Con la resolución de concesión notificada empezaba a correr un plazo clave: 6 meses para formalizar los acuerdos con agentes digitalizadores adheridos. El importe que no quedara asociado a un acuerdo en ese tiempo se perdía.
Paso 2: el ordenador no podía ser lo primero
Las preguntas frecuentes de Red.es sobre la convocatoria del Segmento III aclaraban un punto que conviene conocer: para formalizar un acuerdo de Puesto de trabajo seguro, el beneficiario debía haber formalizado y tener validados antes uno o más acuerdos de cualquier otra categoría. Dicho de otro modo, el equipo no podía ser lo único ni lo primero que se contratara con el bono.
Ejemplo hipotético: una diseñadora autónoma sin empleados quiere renovar su equipo. Con un bono de 3.000 €, primero formaliza un acuerdo de otra categoría, por ejemplo de presencia en internet, y cuando ese acuerdo está validado formaliza el del Puesto de trabajo seguro. Si hubiera intentado empezar por el ordenador, ese acuerdo no habría podido formalizarse.
Paso 3: contrato y acuerdo con el agente digitalizador
Solo los agentes digitalizadores adheridos podían prestar las soluciones, y el beneficiario no podía estar vinculado con ellos. Primero se firmaba un contrato con el agente. Después, ambas partes firmaban electrónicamente en la sede el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, con certificado electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve PIN. Al formalizarlo, el beneficiario cedía al agente el derecho de cobro de la ayuda asociada.
El acuerdo no producía efectos hasta que lo validaba la entidad colaboradora del programa, la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. En esta categoría había además un dato que debía figurar ya en el acuerdo: el valor de compra del equipo al terminar el servicio, que no podía superar el 15 % del importe del acuerdo. Antes de firmar, convenía revisar estos puntos:
- Que el equipo era nuevo: los dispositivos reacondicionados no entraban en la categoría.
- Que incluía una licencia de ciberseguridad y el cifrado del almacenamiento, con las contraseñas que el agente debía entregar.
- El importe total de la solución, la parte que cubría el bono y la parte que pagaba el beneficiario.
- El valor de compra final del equipo y cómo se ejercía esa opción.
Paso 4: entrega, factura y primera fase
La primera fase duraba como máximo 3 meses desde la validación del acuerdo. En ella el agente entregaba el dispositivo dentro de España, ya configurado, y emitía una única factura previa conformidad del beneficiario. La solución se prestaba en modo servicio y el equipo debía llevar una etiqueta o un grabado con los logotipos de la financiación europea, del Plan de Recuperación, del ministerio y de Red.es.
El bono no lo cubría todo. El IVA no era subvencionable, y el beneficiario debía pagar al agente la diferencia entre el coste de la solución, impuestos incluidos, y el bono aplicado, y acreditar ese pago dentro del plazo de justificación. Además, la Orden TDF/240/2025 elevó los requisitos mínimos del procesador para los acuerdos presentados desde el 1 de mayo de 2025.
Paso 5: la justificación, que presentaba el agente en tu nombre
La justificación la presentaba el agente digitalizador, en nombre del beneficiario, mediante un formulario de la sede, aunque el responsable último seguía siendo el beneficiario. Para la primera fase había 6 meses desde la validación del acuerdo. El beneficiario daba además su conformidad expresa con la solución en el formulario de justificación, algo que solo tenía sentido después de recibir el equipo y comprobar que coincidía con lo pactado.
En el Puesto de trabajo seguro, Red.es pedía, entre otras evidencias, las siguientes:
- Información del fabricante con las características técnicas y las certificaciones energéticas y de robustez del equipo.
- Marca, modelo y número de serie del portátil, o del sobremesa y su monitor.
- Número de licencia del sistema operativo profesional instalado.
- Fotografías que acreditaran la etiqueta o el grabado de publicidad.
Paso 6: los 12 meses de servicio y la opción de compra
La segunda fase duraba 12 meses desde la emisión de la factura. El agente debía dar soporte al menos 8 horas al día, 5 días laborables a la semana, con un correo electrónico para avisar de averías, y reparar en un máximo de 5 días laborables o, si no lo conseguía, entregar un equipo igual o superior mientras durase la reparación. La justificación de esta fase tenía un plazo de 3 meses desde su final.
Al acabar el servicio, el beneficiario podía quedarse el equipo pagando el valor residual pactado en el acuerdo. El agente estaba obligado a ofrecer esa opción y, si el beneficiario no pagaba, podía recuperar el equipo. La documentación justificativa debía conservarse al menos 4 años.
Qué hacer hoy con esta información
Si tu negocio tiene un Puesto de trabajo seguro del Kit Digital, localiza el acuerdo y comprueba el valor de compra y la fecha en que termina el servicio. Para dudas sobre ayudas ya concedidas, el teléfono de atención a pymes y autónomos es el 900 909 001.
Si necesitas un equipo ahora, no hay ningún bono del Kit Digital que lo cubra. Esta web la edita Nextmedia, una empresa privada que no es Red.es, no tramita solicitudes y no es agente digitalizador del programa. Si quieres, puedes apuntarte aquí para recibir un aviso cuando se publique una convocatoria oficial, sabiendo que eso no reserva ninguna ayuda.
Fuentes consultadas
BOE · Orden TDF/435/2024, nueva categoría XVII «Puesto de trabajo seguro»BOE · Modificación de la convocatoria del Segmento III (Resolución de 10/06/2024)BOE · Modificación de la convocatoria C013/23-SI (Resolución de 14/11/2024)BOE · Orden TDF/240/2025, requisitos del procesador del Puesto de trabajo seguroBOE · Orden ETD/1498/2021, bases reguladoras del Programa Kit DigitalBOE · Orden ETD/734/2022, modificación de las bases (medios de firma del acuerdo y justificación)Red.es · Texto completo de la convocatoria del Segmento III, C022/22-SI (Resolución de 05/10/2022)Red.es · Preguntas frecuentes de la convocatoria del Segmento III (versión de 12/06/2024)Red.es · Documento informativo de la categoría Puesto de Trabajo SeguroSede electrónica de Red.es · Convocatoria del Segmento III (C022/22-SI)Red.es · Kit Digital cierra las dos últimas convocatorias que quedaban abiertas (31/10/2025)Los ejemplos son orientativos y no implican que un proyecto sea subvencionable. La financiación depende de las bases y de la convocatoria aplicable.
Para seguir explorando
- Un ordenador para tu negocio, con o sin ayuda
- Categorías de soluciones del Kit Digital
- Agentes digitalizadores: qué papel tenían en el Kit Digital
- Resolución del Kit Digital: concesión, denegación y remanentes
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